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viernes, 19 de febrero de 2010

¿Qué sabemos de Propiedad Intelectual?

Esta semana hemos tenido en el master a, Patricia Riera, trabaja en el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) y, ha venido a hablar sobre la Ley de Propiedad Intelectual.

Para entender cualquier ley, hay que conocer unos conceptos básicos que voy a exponer. Empezaré definiendo que la propiedad intelectual de una obra, (producto de la capacidad creativa) pertenece a su autor independientemente del soporte y, es éste el que decide si quiere explotarla o no.

Diferenciar entre divulgación y publicación, la primera se trata de que el autor da el consentimiento para que su obra sea accesible por primera vez al público, por ejemplo, leer tu diario en público; para que una obra haya sido publicada ha debido ser divulgada mediante ejemplares.

El autor tiene dos clases de derechos bien definidos: morales, en los que decide si quiere que su obra sea divulgada y en qué forma y; de explotación, mediante la reproducción, distribución, comunicación pública o transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización.

La reproducción se puede realizar mediante fotocopia, impresión, darle al play al dvd, etc., de toda la obra o parte de ella. La distribución es poner a disposición del público el original o las copias de una obra en soporte tangible. La comunicación pública se realiza por procedimientos alámbricos o inalámbricos para que cualquier persona pueda acceder a la obra desde el lugar y el momento que quiera, la diferencia entre distribución y comunicación es si la obra está en soporte tangible o no (ficheros).

El derecho de transformación se da, cuando de una obra se ha derivado mediante la traducción, adaptación u otra modificación a otra obra diferente. En este caso si se quiere utilizar esta obra, hay que pedir permiso al autor y al traductor.

Resumiendo, para todo lo que utilicéis en la red o no, pedir permiso siempre, o recurrir a otras fuentes en las que no tengáis que preocuparos de esos derechos, como por ejemplo, Creative Commons. ¡Hasta la próxima entrada!

viernes, 5 de febrero de 2010

Europeana, toda la cultura en un clic

Europeana es un proyecto de la Comisión Europea de Sociedad de la Información y Medios, nació a finales de 2008 como biblioteca digital europea e introdujo en la red dos millones de objetos culturales entre textos, fotografías, vídeos, mapas, pinturas, periódicos, documentos históricos de archivo y manuscritos.

Tal éxito tuvo que, el mismo día que abrió se hundió debido a que la capacidad de su servidor situado en la Universidad de Amsterdam no pudo aguantar la avalancha de visitantes. Algunos ya la denominan "la Wikipedia de la cultura europea" porque se nutre de las aportaciones de instituciones culturales de los miembros de la Unión Europea: bibliotecas públicas, museos, archivos históricos, hemerotecas, etc. 


Casi la mitad de las obras digitalizadas de Europeana procede de un único país, Francia, mientras que los demás estados miembros siguen actuando por debajo de sus posibilidades; el segundo país que más aporta a Europeana es Alemania, estando en la cola, España, con instituciones como la Biblioteca de Cataluña, BNE, Biblioteca Valenciana, Biblioteca Virtual de Andalucía, Biblioteca Virtual del patrimonio bibliográfico del Ministerio de Cultura y la Biblioteca Dixital de Galicia.

En noviembre de 2009, los responsables de Google Books y Europeana mantenieron contactos para estudiar un posible acuerdo que podría plantearse en dos direcciones: el proceso de digitalización de fondos o, incluir los ya digitalizados en el catálogo de Google para darles mayor visibilidad en el buscador.

La digitalización de Google Books se realiza mediante el reconocimiento óptico de caracteres, lo que permite ubicar un texto no sólo por su título o por algunos conceptos clave, sino palabra a palabra.

Europeana recoge en la actualidad 4'6 millones de libros, textos y sonidos digitalizados, con la intención de aumentar esta cifra hasta los diez millones durante este año, pero para ello, ¿creéis que será necesario crear un marco jurídico apropiado y modificar la legislación que regula la propiedad intelectual? ¿conviene que la digitalización y el acceso a los libros quede en manos privadas o públicas?
Espero recibir vuestros comentarios respecto a estas preguntas. ¡Hasta la próxima entrada!

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